lunes, 20 de febrero de 2017

Moción para la mejora del servicio de Biblioteca Municipal


EXPOSICIÓN

En marzo de 2005 el Ayuntamiento de Híjar suscribió un Convenio de colaboración con el Gobierno de Aragón para la Integración de los fondos de la Biblioteca Pública municipal en el Catálogo colectivo de la Red de Bibliotecas de la Comunidad Autónoma de Aragón. La Biblioteca municipal está financiada por el Ayuntamiento, la Diputación Provincial de Teruel y la Comarca del Bajo Martín. Puede considerarse que la Biblioteca está bien dotada en sus recursos tanto de personal como de fondos bibliográficos dando lugar a un servicio valorado por los usuarios. Pero hay algunas cuestiones que nuestro grupo de GANAR quiere mostrar:

- La biblioteca NO presta sus fondos a aquellos usuarios que, aún teniendo el carnet de la RED DE BIBLIOTECASDE ARAGÓN, no están inscritos en la Biblioteca de Híjar, es decir no pagan la tasa estipulada por el Ayuntamiento.

- La Biblioteca de Híjar NO presta el servicio de PRÉSTAMO EN RED

- El ayuntamiento tiene establecida una tasa de 9,88 euros por unidad familiar.


Señalamos en el  Convenio suscrito por el Ayuntamiento con el Gobierno de Aragón y en la  Ley 7/2015, de 25 de marzo, de Bibliotecas de Aragón (BOA 10/04/2015)  aquellos puntos que afectan a  las cuestiones planteadas y que fundamentan las propuestas que planteamos.


PRÉSTAMOS A USUARIOS DE LA RED DE BIBLIOTECAS DE ARAGÓN Y LA GRATUIDAD

El Convenio de colaboración suscrito por el Ayuntamiento de Híjar con el Gobierno de Aragón tiene por objeto lo señalado en la cláusula Primera.

                                               Cláusula Primera

a)      establecer la integración de los registros culturales y de información de la Biblioteca de Híjar en el Catálogo Colectivo de Bibliotecas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

b)     facilitar un carnet único para los usuarios de la Red de Bibliotecas de Aragón integradas en el Catálogo Colectivo

La ley 7/2015, de 25 de marzo, de Bibliotecas de Aragón (BOA 10/04/2015) citada anteriormente, señala en todo momento al usuario como “usuario de las bibliotecas integradas en la Red de Bibliotecas de Aragón”, en ningún momento habla de usuario de “su” biblioteca.  Además en su articulado dice:


Artículo 4.- Principios y valores de las bibliotecas.
               
Son principios y valores aplicables en materia de bibliotecas:

a) La igualdad en el acceso y diversidad en los contenidos culturales. Los poderes públicos de Aragón facilitarán y fomentarán el acceso regular, gratuito y continuado de todas las personas y grupos sin discriminación por razón de origen, etnia, religión, ideología, género u orientación sexual, edad, discapacidad, recursos económicos o cualquier otra circunstancia personal o social, y desarrollarán políticas bibliotecarias específicas cuando fuese necesario.

c) La cooperación entre las bibliotecas del Sistema de Bibliotecas de Aragón y la colaboración con archivos, museos y restantes instituciones de depósito cultural de Aragón para un más eficaz acceso, uso y difusión de sus respectivos fondos a la ciudadanía.

f) La gratuidad de sus servicios, como mínimo los de consulta, préstamo personal y colectivo, acceso a Internet, información bibliográfica que se pueda obtener con sus recursos, información a la comunidad y formación de los usuarios.
                              

Artículo 17.- La Red de Bibliotecas Públicas de Aragón.

1. La Red de Bibliotecas Públicas de Aragón es el conjunto organizado y coordinado de las bibliotecas públicas existentes en Aragón, con el fin de facilitar el acceso a sus fondos y ofrecer unos servicios bibliotecarios de calidad.

Artículo 20.- Derechos de los usuarios de las bibliotecas Integradas en la Red de Bibliotecas Públicas de Aragón.

Los usuarios de los centros incorporados a la Red de Bibliotecas Públicas de Aragón tendrán los siguientes derechos:

a) Usar de manera gratuita los servicios básicos que debe prestar la biblioteca.
                …

Artículo 23.- Servicios básicos.

1. Las bibliotecas integradas en la Red de Bibliotecas Públicas de Aragón ofrecerán los servicios básicos de forma libre y gratuita.




2. Tienen la consideración de servicios básicos los siguientes:
a) Orientación e información para el uso de la biblioteca y la satisfacción de las necesidades informativas de los ciudadanos.
b) Información bibliográfica y de referencia.
c) Lectura y consulta en sala de los fondos bibliográficos y documentales.
d) Préstamo individual y colectivo de libros y otros documentos.
e) Acceso a la información digital a través de Internet o las redes análogas que se puedan desarrollar, no sujetas a licencia.
f) Cualquier otro servicio que se pudiera establecer para la Red de Bibliotecas Públicas de Aragón.
                …


De todo lo anterior  se desprende con claridad que la Biblioteca de Híjar perteneciente a la Red de Bibliotecas de Aragón tiene el deber de considerar a todos los usuarios de dicha Red, sea cual  sea su procedencia, como usuarios propios y prestarles los mismos servicios que presta a los inscrito en Híjar, puesto que el carnet válido en la Red es “único”.


PRÉSTAMO EN RED

En el Convenio citado, en la Cláusula Segunda punto f) el Ayuntamiento asume:

Participar en todos los programas de cooperación bibliotecaria impulsada por el Gobierno de Aragón”


La citada Ley 7/2015 dice:

                                               Art 23. Servicios básicos
                ….
3. Las bibliotecas de la Red de Bibliotecas Públicas facilitarán el acceso a los documentos que no figuren en sus colecciones por medio del préstamo en red, el préstamo interbibliotecario y los servicios de obtención de documentos.


La incorporación a este servicio se ha ido llevando a cabo por la mayoría de las bibliotecas municipales.
Es totalmente gratuito, tanto el darse de alta como su tramitación y el envío de los pedidos a través de Correos. Se gestiona informáticamente con el Programa Absysnet que es el mismo que se utiliza en esta biblioteca para la gestión (registro de documentos, catalogación, préstamos…) Los costes serían el sobre de burbujas en el que se envía el libro a la biblioteca solicitante y el tiempo que la persona encargada de la biblioteca dedicaría a tramitar y realizar la solicitud o recepción de los pedidos.

Estimamos que, suponiendo 20 envíos al mes (10 de ida y 10 de vuelta) y considerando 30 céntimos el precio de un sobre, el gasto sería de 72 € al año, cantidad perfectamente asumible en el presupuesto de la biblioteca destinado a gastos de oficina (1.500 € en 2016). En cuanto al tiempo necesario para

gestionar la tramitación y realizar los envíos consideramos que está dentro del horario destinado a labores de gestión y organización de la biblioteca.


Por todo lo expuesto, tanto de normativa como de costes, consideramos conveniente activar el Servicio de Préstamo en Red que el Gobierno de Aragón pone a disposición de la Biblioteca, no encontrando ninguna razón para no hacerlo.


TASA POR BIBLIOTECA EN EL MUNICIPIO DE HÍJAR

En la Ley 7/2015 se habla continuamente de “igualdad en el acceso” y de “gratuidad”, lo que parece que no encaja con el cobro de una tasa.

El pago de una tasa en cada municipio (muchos otros no la tienen) es posible que entre en contradicción con la organización en red (catálogo colectivo, carnet único) y con los principios y valores de las bibliotecas expuestos en el Art 4. 



Por todo ello proponemos los siguientes

ACUERDOS

1º-   Que se den los mismos servicios, incluido el préstamo de fondos, a todos que tengan el carnet único de la RED DE BIBLIOTECAS DE ARAGÓN, independientemente de dónde lo hayan tramitado, dando así cumplimiento al Convenio y a Ley.  

2º- Que se active el Servicio de Préstamo en Red  que actualmente no se presta.

3º- Que se revise la existencia de Tasa por Biblioteca.


Que todo ello se lleve a cabo lo más pronto posible.



En Híjar, a 30  de enero de 2017

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